Ley permite tener hasta dos casas en Cuba y anula la confiscación de la vivienda por salida del país
La Habana (EFE).- Cuba publicó la nueva Ley de la Vivienda que reconoce dos viviendas en propiedad, establece la actividad inmobiliaria como forma de gestión y elimina la confiscación de la vivienda por salida del país, entre otros cambios.
La Ley 187, publicada en la Gaceta Oficial de la República de Cuba junto a tres reglamentos y dos resoluciones del Instituto Nacional de Ordenamiento Territorial y Urbanismo, regula la propiedad, construcción, rehabilitación, compraventa, donación, permuta, herencia y arrendamiento de inmuebles.
La normativa, aprobada en julio pasado por la Asamblea Nacional (Parlamento unicameral), actualiza la anterior Ley General de la Vivienda de 1988 y entrará en vigor el próximo 21 de octubre, siete días después de su publicación.
Entre sus principales novedades figuras el reconocimiento del derecho de las personas naturales a tener hasta dos viviendas en propiedad, sin tener en cuenta que posea una casa descanso o veraneo declarada en el título constitutivo.
En el caso de las entidades económicas no estatales, la legislación decreta que solo pueden adquirir por compraventa hasta dos viviendas siempre que no excedan esa cantidad por otro acto de trasmisión.
Otras modificaciones
Otra modificación significativa es la eliminación de la confiscación de la vivienda por salida definitiva del país, así como de la obligación que tenían los herederos de informar en el plazo de un año el inicio del proceso de adjudicación de una vivienda que hubiera quedado sin ocupantes.
También amplía las posibilidades para transmitir, donar, permutar o ceder partes de una vivienda, elimina diversas autorizaciones administrativas que anteriormente limitaban esas operaciones y permite concertar contratos de comodato.
La norma flexibiliza además los contratos de compraventa al permitir que las partes pacten libremente las cláusulas y condiciones que estimen convenientes.
