Entérese: ¿Por qué un policía puede ser enviado a una cárcel civil? Esto dice un experto en derecho
Santo Domingo, RD. – Aunque República Dominicana dispone de centros de reclusión especiales para miembros de la Policía Nacional y de las Fuerzas Armadas, la legislación no establece que los agentes sometidos a un proceso penal deban cumplir de manera obligatoria la prisión preventiva en esos recintos, por lo que un juez puede ordenar su traslado a un centro penitenciario del sistema ordinario.
Así lo explicó al periódico El Día el abogado y experto en derecho constitucional y penal, Félix Portes, al referirse a la decisión que envió al cabo de la Policía Nacional José Francisco Moreta Heredia, imputado por homicidio voluntario en perjuicio del joven Darlin Enmanuel Mercado Reyes, al Centro de Corrección y Rehabilitación (CCR) Las Parras.
El jurista precisó que la normativa dominicana no contiene una disposición expresa, imperativa ni taxativa que obligue a que los miembros de la Policía Nacional o de las Fuerzas Armadas procesados penalmente a que cumplan la medida de coerción en un centro de privación de libertad especial.
"La ley no lo establece, pero tampoco lo prohíbe", sostuvo Portes.

Explicó que, al no existir una prohibición legal, corresponde al juez valorar las circunstancias particulares de cada caso y determinar el lugar donde el imputado cumplirá la prisión preventiva o una eventual condena.
Portes agregó que lo que sí ha existido durante años es una práctica administrativa y judicial mediante la cual los policías y militares procesados suelen ser recluidos en el Centro de Privación de Libertad de la Dirección Central de Operaciones Especiales de la Policía Nacional, antiguamente conocido como "Operaciones Especiales".
No obstante, aclaró que esa práctica no constituye un mandato legal ni una obligación establecida por la ley, por lo que su aplicación debe analizarse conforme a los principios de legalidad, igualdad y razonabilidad.
Tipos de cárceles en República Dominicana
En República Dominicana funcionan centros penitenciarios del sistema ordinario, administrados por la Dirección General de Servicios Penitenciarios y Correccionales (DGSPC), donde cumplen prisión preventiva o condena las personas procesadas por la justicia ordinaria.
Dentro de este sistema se encuentran los Centros de Corrección y Rehabilitación (CCR), como Las Parras, recinto al que fue enviado el cabo Moreta Heredia.
Por otra parte, la Policía Nacional dispone de un centro de privación de libertad destinado a agentes sometidos a procesos disciplinarios o penales, conocido como el Centro de Privación de Libertad de la Dirección Central de Operaciones Especiales, donde tradicionalmente han sido recluidos policías investigados por la justicia.
Asimismo, las Fuerzas Armadas cuentan con instalaciones de detención para militares sometidos a la jurisdicción militar disciplinaria o a procesos internos, aunque, al igual que ocurre con los policías, los tribunales pueden disponer su ingreso a un centro penitenciario del sistema ordinario cuando enfrentan procesos por delitos comunes.
Precisamente, ese fue el criterio aplicado en el caso del cabo José Francisco Moreta Heredia, quien deberá cumplir 12 meses de prisión preventiva en el CCR Las Parras mientras avanza el proceso judicial en su contra.
Génesis García

