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El proxenetismo o lenocinio es un delito que consiste en obtener beneficios económicos de la prostitución a costa de otra persona. El proxenetismo en la mayoría de los países es un delito por constituir una grave vulneración de los derechos humanos.
Santo Domingo, RD- Según el artículo 334º del Código Penal Dominicano, será considerado proxenetaaquel o aquella: Que de cualquier manera ayude, asista, o encubra personas, hombres o mujeres con miras a la prostitución o al reclutamiento de personas con miras a la explotación sexual.
En relación con el tema prostitución, comparto los argumentos de las posiciones abolicionistas, es decir, no creo que la prostitución sea una realidad inevitable con la que tengamos que convivir, no creo que la prostitución sea un oficio, y no creo que haya que crear y regular un mercado para satisfacer las demandas sexuales, habitualmente masculinas.
Esto no significa que crea que haya que perseguir penalmente ni estigmatizar socialmente a las prostitutas, pero cuestión distinta es la participación del resto de personajes que operan en torno a este escenario. Sobre todo creo que la conducta de quienes se lucran con la prostitución ajena, sea cual sea la forma, ha de tener una clara reprobación social y una sanción penal. Los motivos tienen sobre todo que ver con las consecuencias globales de este fenómeno, particularmente la trata de mujeres, niñas y niños con fines de explotación sexual, cuyas cifras escalofriantes podemos seguir a partir de la acción policial o de los organismos internacionales que hacen seguimiento de estos temas.

