Distrito Municipal de Sabaneta – A protección de las cuencas altas de los rios de la república dominicana, mas que una aspiración o capricho, es un mandato constitucional citado en el párrafo único del artículo 15 de la carta magna, donde se asigna responsabilidad directa a los poderes públicos para que procedan a su protección especial a fin de garantizar su gestión y preservación como bienes fundamentales de la nación y respaldado en los artículos 85 y 86 de la ley 64-00. Contrario a ello, se han otorgado varias concesiones de exploración minera en toda la vertiente Sur de la cordillera central, precisamente cuando debió existir una ley declarando toda el área productora de agua como zona de Protección Especial, en cumplimiento a la constitución y respetando la citada ley, que existían con anterioridad al otorgamiento de las concesiones.
La gravedad del caso se confirma con los datos precisos sobre los niveles de riesgos ambientales y sociales para el amplio sitio y a todo el entramado hidrológico natural de allí, dado que solo nueve de las concesiones otorgadas suman 12,417.75 Hectáreas mineras. Son ellas: La Bestia/Los Lechones, con 550 Hectáreas; La Escandalosa/Romero, con 3,997 Hectáreas; Los Comíos, con 2,028 Hectáreas; El Chicharrón, con 725 Hectáreas; Las Tres Veredas, con 781 Hectáreas; El Crucero/Los Gajitos, con 370 Hectáreas; Tachuela, con 330.25 Hectáreas; Herodes, con 2,272.50 Hectáreas y Los Pinalitos, con 1,364 Hectáreas. Éste dato nos lleva a la conclusión de que solo las concesiones citadas tienen 124.17 Km², donde se compromete el 26.76 % del total de la cuenca de la presa de Sabaneta y el 48.32 % de 257 Km² del territorio no protegido allí por la ley 202-04, lo que también representa una amenaza de destrucción inminente para la Presa de Sabaneta, obra hidráulica construida sobre el rio San Juan; activo económico y social del país, que garantiza la producción de alimentos en el Valle; que tiene su mayor importancia en abastecer del preciado líquido a mas de 265,000 consumidores directos y suplir para riego a mas de un millón de taréas de tierra, de las cuales mas de 450, 000 están en el valle de San Juan y que no debe ponerse en peligro por actividades tan lesivas a la naturaleza y de beneficios pasajeros como lo es la minería y cuya secuela tarda mucho tiempo para ser neutralizada por la naturaleza, si es que ella misma lograra absorver los impactos negativos.
Por su parte, las concesiones de exploración minera, de las que se conoce existencia, es de 16 en total en la vertiente Sur de la cordillera cenrtral, con una suma de 243.99 Km², que ponen a expensa de los quehaceres de las empresas mineras el 4.82 % de la cuenca del rio Yaque del Sur, comprometiendo la integridad ecológica e hidrológica de las cuencas de las presas de Sabaneta y Sabanayegua.
El rio San Juan es la única opción para suplir las demandas de agua a la población y para otros usos, mientras que el enorme consumo de agua que requiere la actividad minera generalmente trae consigo situaciones de dificultades severas para servir el agua a las poblaciones; reduce el nivel freático del lugar, llegando a secar arroyos y manantiales; produce cambios significativos y severas alteraciones en los valores piezométricos; se crean agrietamientos subterráneos por voladuras; el agua superficial y de acuiferos suele terminar contaminada por químicos y el drenaje ácido ya que el agua de contacto minero y las pequeñas partículas de metales pesados se separan de los relaves, filtrandose en el suelo e integrándose en los cursos de agua de consumo humano y animal, acarreando situaciones de salud humana y ambiental, muchas veces sin soluciones.
La acción conlleva prohibición; evitemos un desastre ambiental.
SIN ORO SE VIVE; SIN AGUA TE MUERES!
Por, Filemón Batista T.