X

OTRAS CLAUSULAS LABORALES Prof. Juan C. Benzán


Por considerarlo de gran interés para el cálculo de las prestaciones laborales y derechos adquiridos por un trabajador asalariado por mes, a continuación escribo las fórmulas correspondientes para obtener el divisor aplicable en cada caso respecto al promedio de salario diario, el cual es necesario para determinar el monto de las prestaciones laborales y derechos adquiridos a pagar por dichos conceptos, en los casos de Despido injustificado, Dimisión por causa justificada, el Desahucio ejercido por el empleador, terminación del Contrato de Trabajo por causa fortuita o extraordinaria, etcétera:


1.- Si se trata de un trabajador normal u ordinario, el salario ordinario del trabajador es pagado mensualmente y corresponde a la jornada ordinaria de las 44 horas semanales, lo que equivale a 5.5 días al mes (de lunes a viernes y la media jornada laborable del sábado), es necesario hacer la siguiente operación:
Divisor del promedio de salario diario = (5.5 días semanales X 52 semanas que tiene el año) /12 meses
Los que es igual a 5.5 X 52
———– = 23.83
12
2.- Partiendo del caso anterior, si se trata de un trabajador intermitente; es decir, que al servicio de una empresa específica que lo amerita, conforme a su naturaleza o jornada de operaciones diarias, labora o está presente 10 horas diarias o 60 horas semanales y no más de ese tiempo porque la ley 16/92 que instituye el Código de Trabajo vigente, con sus Modificaciones, Reglamento y Legislación Complementaria así lo preceptúa o prescribe, el divisor para obtener el promedio del salario diario se determina con la siguiente fórmula:
Divisor del promedio de salario diario = (6 días semanales X 52 semanas que tiene el año) /12 meses,
Lo que es igual a 6 X 52
———— = 26
12
Como puede notarse claramente en las sencillas operaciones precedentes, no siempre debe dividirse el salario mensual entre 23.83 para determinar el promedio del salario diario al hacer los cálculos de prestaciones y derechos adquiridos en los casos antes especificados.
Los divisores de 5.5 cuando el salario se paga por semana y de 11.91 cuando se paga por quincena se obtienen mediante fórmulas análogas a las aquí despejadas o explicadas, por lo que no ameritan de explicaciones adicionales.
Porque he comprobado que en nuestro medio consuetudinariamente se utiliza el 23.83 como único divisor para calcular el promedio diario del salario mensual que devenga un trabajador, abrigando la esperanza de poder cristalizar un humilde aporte a FUNCIONARIOS, EMPLEADORES, TRABAJADORES, ASESORES LABORALES, PROFESORES, ESTUDIANTES, A ALGUNOS EMINENTES AVEZADOS JURISTAS, A MIS VALIOSOS LECTORES, AMADOS CONTACTOS E INVALUABLES AMIGOS DE LAS REDES SOCIALES Y DE LA VIDA (todas las mayúsculas son mías), extiendo un mar de abrazos fraternos para todos (no para todos y todas porque es incorrecto).
Prof. Juan C. Benzán
Hato del Padre, San Juan.

Categorías: Locales Nacionales
Etiquetas: Juan Benzàn
Melvin Mix:
X

Headline

You can control the ways in which we improve and personalize your experience. Please choose whether you wish to allow the following:

Privacy Settings